Servicio de Ayuda a Domicilio

Está regulado en :  ORDEN DE 15 DE NOVIEMBRE DE 2007 POR LA QUE SE REGULA EL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA (BOJA 231 ).

El Servicio de Ayuda a Domicilio es una prestación, realizada preferentemente en el domicilio, que proporciona, mediante personal cualificado y supervisado, un conjunto de actuaciones preventivas, formativas, rehabilitadoras y de atención a las personas y unidades de convivencia con dificultades para permanecer o desenvolverse en su medio habitual.

El Servicio de Ayuda a Domicilio tiene como finalidad la mejora de la calidad de vida y la promoción de la autonomía de las personas para facilitarles la permanencia en su medio habitual.

Podrán recibir el Servicio de Ayuda a Domicilio todas aquellas personas y unidades de convivencia que carezcan o tengan mermada la autonomía, temporal o permanente, para mantenerse en su medio habitual de vida y que residan en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Se establecen DOS VIAS DE ENTRADA para usuarios/as:

  • Directamente a través de U.T.S. (baremo de la Orden).
  • Con resolución Dependencia. (baremo de la Ley de Dependencia).

La prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio comprende las siguientes ACTUACIONES BÁSICAS

  1. Actuaciones de carácter doméstico.
  2. Actuaciones de carácter personal.